Ciudadania Italiana

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Ciudadania Consular 

RECONOCIMIENTO DE LA CIUDADANIA ITALIANA.💖💖

 

La legislación italiana vigente establece que los descendientes de ciudadanos/as italianos/as pueden solicitar,
cumpliendo determinadas condiciones, el reconocimiento de la ciudadanía italiana.

 

I – REQUISITOS MÍNIMOS

Por línea paterna: no hay límites en el número de generaciones.

Por línea materna: el/la hijo/a de la ciudadana italiana deberá haber nacido después del 1.1.1948.

Por matrimonios celebrados antes del 27/04/1983: la mujer extranjera casada con ciudadano italiano
adquiere automáticamente la ciudadanía italiana.

Se debe ser residente en la misma jurisdiccion consular donde se presentara la carpeta.

I – DOCUMENTACION NECESARIA

 

 

1) del ascendiente nacido en italia:

Acta de nacimiento italiana o certificado de bautismo autenticado por el arzobispado (si nació antes del
1866);

 Certificado del Poder Judicial de la Nación – Cámara Nacional Electoral donde resulte si ha adquirido
la ciudadanía argentina.

Si hubiese adquirido la ciudadanía argentina será necesario presentar la
Sentencia de naturalización otorgada por el Juzgado competente.

Acta de matrimonio;

Acta de defunción (si hubiera fallecido).

De cada uno de los descendientes fallecidos (o vivos pero no solicitantes) en línea recta hasta llegar al
interesado

Acta de nacimiento;
Acta de matrimonio; Acta de defunción;

3) del interesado
Acta de nacimiento.
Acta de matrimonio

Si el interesado es divorciado, además del acta de
matrimonio deberá presentar también copia certificada de la sentencia de divorcio y certificado de cosa juzgada, ambos documentos con Apostilla de La Haya.

DNI original y fotocopia del solicitante.
 Comprobante de domicilio (recibo de sueldo, resumen obra social, impuestos luz,agua, telefono , certificado de alumno regular, jubilación,
constancia de inscripción al monotributo o IVA.

Es obligación del interesado controlar la información de los documentos. Los errores que se registren (nombres, apellidos, lugar, fecha de nacimiento, etc.) serán evaluados por el personal del Consulado General
el día del turno que informará sobre las rectificaciones necesarias.

Todas las actas con sus respectivas traducciones deberán ser entregadas en original y no serán restituidas.

III – TRADUCCIONES 👍👍
Todas las actas no italianas deberán estar traducidas al italiano.

Las actas o documentos provenientes de terceros países deberán ser traducidos al italiano y legalizados por la
competente representación diplomática italiana en el lugar.

Es obligación del interesado controlar la información de las traducciones.

Los errores que se registren nombres, apellidos, lugar, fecha de nacimiento, etc. serán evaluados por el personal del Consulado General el
día del turno quien informará sobre las rectificaciones necesarias.

Todas los documentos  deberán ser entregados en original y no serán restituidos

Consulado Italiano. Informacion acerca de turnos 

 

Te dejo una pagina interesante. Conocé la historia del Himno de Italia

 

Himno Italiano

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